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ATRAS
LEGALIZACIONES DE DOCUMENTOS CONSULARES
Es el reconocimiento de firma de una autoridad competente (cartorio), en los documentos originados localmente , incluidos en aquellos que llevarán el sello de ¨visto¨, en cuyo caso se denomina visación del documento.
A fin de realizar la legalización o visación del documento implica el pago de un arancel consular, establecido en la ley 4033/10, de los aranceles consulares.
La presentación de los documentos a fin de su legalización/visación debe ser realizada en horario compredido entre las 08:00 hs a 12:00 hs. Una vez presentado el comprobante de pago, dependiendo del volumen de trabajo y del horario de presentación de los mismos, podrán ser retirados en el mismo día o dentro del plazo de 24 horas.
Obs: Los documentos comerciales no precisan ser presentados ante cartorio local.
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